El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado íntegramente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de basura de Santa Cruz de Tenerife, el conocido como “basurazo”, aprobada por el pleno del Ayuntamiento el 19 de diciembre de 2025 con los votos de Coalición Canaria y el PP. La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima así el recurso presentado por el grupo municipal socialista contra aquel acuerdo.
El fallo no se sustenta en el importe del recibo, sino en la forma de cobrarlo. La sentencia, fechada el 15 de octubre, anula la ordenanza por la naturaleza jurídica del cobro y no por su cuantía, de modo que en ningún momento declara excesiva la factura que pagan los vecinos. El argumento central del tribunal es que la contraprestación no debe configurarse como una tasa tributaria municipal.
La clave está en que la recogida de residuos la presta una empresa privada. El Consistorio no gestiona directamente el servicio, sino que lo hace a través de la concesionaria Valoriza, circunstancia que, según los magistrados, obliga a cobrarlo como una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, y no como una tasa. “La anulación total deriva del motivo principal: toda la estructura aprobada regula como tasa una única contraprestación que legalmente no puede tener naturaleza tributaria”, recoge la resolución.
La anulación no tiene, por ahora, efectos inmediatos sobre el recibo. Al no ser la sentencia firme, el cobro no queda suspendido y la tasa continúa aplicándose mientras no se agote la vía judicial. El Ayuntamiento, que discrepa de la interpretación del tribunal, prepara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, para el que dispone de un plazo de 30 días. Si finalmente decidiera no recurrir, el fallo quedaría firme y la tasa basada en esa ordenanza dejaría de poder aplicarse.
El PSOE celebró la decisión como un respaldo a su posición. La portavoz municipal socialista, Patricia Hernández, que llevó el debate de la tasa al pleno e impulsó el recurso, sostuvo que la sentencia obliga al Ayuntamiento a anular un cobro “ilegal” y validó que el Consistorio “planteó mal desde el inicio” la forma de financiar el servicio. Los socialistas han apuntado además que los vecinos que hayan abonado el recibo podrían llegar a reclamar su devolución.
El Ayuntamiento, por su parte, alerta del alcance que la resolución podría tener más allá de la capital. El alcalde, José Manuel Bermúdez, ha trasladado la sentencia a la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), al considerar que cuestiona el modelo tributario que emplea la gran mayoría de los consistorios para cobrar la recogida de basura. El fallo, no obstante, afecta directamente a la ordenanza de Santa Cruz y no anula de forma automática las tasas de otros municipios.
El trasfondo del litigio no elimina la obligación de financiar el servicio. Al margen de cómo se resuelva el recurso, el Ayuntamiento deberá seguir sufragando la recogida y el tratamiento de residuos, por lo que la sentencia deja dos realidades paralelas: una ordenanza anulada por un defecto que el TSJC considera sustancial y una prestación que, en todo caso, habrá de costearse por una u otra vía.




