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miércoles, 18 junio,2025

¿Que los abogados disponen de amparo? Eso dicen

No lo sabía, ni lo siento ni ahora ni antes de enterarme. El Consejo General de la Abogacía Española ha aprobado su flamante Reglamento de Amparo Colegial. Una norma que, según me acaban de contar, uno que allí ha estado, protegerá a los abogados y abogadas de las inclemencias del ejercicio profesional. Vamos, que ahora si un juez te humilla, un cliente te amenaza o un compañero te falta el respeto, el colegio correspondiente se levantará en armas. Y yo me lo tengo que creer.

El reglamento —que bebe de la reciente Ley Orgánica del Derecho de Defensa— suena, en principio, a buena noticia. Establece que los colegios pueden conceder amparo, ya sea por vía ordinaria o urgente, a aquellos abogados o abogadas que sufran atropellos en su ejercicio. Incluso pueden enviar cartas “formales” a jueces, fiscales y demás actores del sistema para recordarles que no somos floreros con toga y que se nos debe un respeto o respetito.

Hasta aquí, bien. Pero, ¿y la praxis? Para los neófitos, quiero decir, en el día a día, ¿qué pasa? Todos los que llevamos tiempo en esto sabemos que el problema no es tanto la falta de normas, sino la falta de ejecutarlas. Porque mira que hay normas y cada día más. Ya existía la figura del amparo colegial, creo, pero con este reglamento se le da cuerpo (y si me apuran, algo de alma). ¿Será suficiente? ¿Veremos a los colegios levantar la voz, no solo cuando les insultan desde la bancada, sino cuando se vulnera nuestro derecho a intervenir, a acceder a expedientes o, simplemente, a que nos llamen por nuestro nombre y nos respeten? Yo creo que no.

Porque no nos engañemos: la abogacía no está en crisis por falta de reglamentos. Está en crisis porque se ha acostumbrado a pedir permiso para poder ejercer y no molestar. A sus señorías y al resto de funcionarios. Porque cuando te desplazan a una sala sin ventilación, cuando el fiscal te ignora, cuando el juez te interrumpe como si fueras un becario y mira el WhatsApp cuando estás concluyendo… por norma no protestan. Y, si lo haces, corres el riesgo de convertirte en el “abogado enteradito”. ¡Mira tú quién se creerá!  Y si no formas parte del entramado nepótico de la profesión, uf.  Esas y otras cosas las tenemos que sufrir los que hemos estudiado las mismas normas que ellos.

Un reglamento útil, si se aplica. Ojo, no tiro piedras contra mi propio tejado. El texto tiene aspectos positivos: establece procedimientos claros, marca plazos, exige motivación en las decisiones, y crea un mínimo común para todos los colegios del país (lo cual, viendo lo que hay, ya es una heroicidad). Pero no basta con regular: hay que atreverse a usarlo.

Y aquí, queridos lectores, entra lo esencial: la voluntad gremial. ¿Serán los decanos capaces de mirar a los ojos a un magistrado prepotente y recordarle que no puede tratar al abogado como si fuera un adorno del proceso? De los decanos que conozco solo uno se atreve ¿O seguiremos enviando oficios tibios, que se leen entre bostezos en las salas de togados?

En fin, el reglamento, como el derecho, hay que ejercerlo.

Así que celebremos el nuevo reglamento. Leámoslo. Citemos sus artículos cuando haga falta. Y, sobre todo, exijamos a nuestros colegios que lo apliquen. Y que no arreglen las cosillas entre comilonas, por si. Porque si algo necesita esta profesión, más que otro código, es dignidad practicada.

Y si no, que nos lo amparen. Juan Inurria. Abogado, cuando lo dejan ejercer.

Juan Inurria
Juan Inurria
Abogado. CEO en Grupo Inurria. Funcionario de carrera de la Administración de Justicia en excedencia. Ha desarrollado actividad política y sindical. Asesor y colaborador en diversos medios de comunicación. Asesor de la Federación Mundial de Periodistas de Turismo. Participa en la formación de futuros abogados. Escritor.

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