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lunes, 13 abril,2026

La ley que cambia el alquiler turístico en Canarias lleva cuatro meses en vigor y los propietarios siguen sin saber bien qué pueden hacer

: El Parlamento de Canarias aprobó en noviembre la primera ley específica para regular las viviendas de uso turístico en las islas. Entró en vigor en diciembre. Cuatro meses después, el mapa de qué se puede y qué no se puede alquilar por Airbnb o Booking en Canarias sigue siendo confuso para la mayoría de los propietarios afectados.

La Ley 6/2025, de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, cambia las reglas del juego de forma sustancial. El modelo anterior —basado en una declaración responsable del propietario— ha quedado atrás. Ahora, para que una vivienda pueda destinarse al alquiler vacacional, necesita que el planeamiento urbanístico municipal lo permita expresamente en esa zona.

Eso traslada el peso de la decisión a los ayuntamientos. Y ahí empieza el problema: muchos municipios canarios no tienen aún sus planes de ordenación adaptados a la nueva norma. La ley dice que el 90% de las viviendas de cada zona deben ser de uso residencial; solo el 10% puede dedicarse al turismo. En las llamadas «islas verdes» —El Hierro, La Gomera y La Palma— el límite sube al 20%.

Las licencias, además, ya no son transmisibles. Hasta ahora, cuando alguien vendía un piso con una declaración responsable de vivienda vacacional, el nuevo propietario podía heredar esa condición. Ya no. Esto afecta directamente al valor de mercado de ciertos inmuebles y ha generado rechazo en el sector.

Para quienes ya tenían viviendas vacacionales habilitadas antes de la ley, hay un régimen transitorio: cinco años para adaptarse a los nuevos requisitos técnicos y de sostenibilidad, ampliable a diez en ciertos supuestos. Los propietarios que sean también titulares de la declaración responsable pueden optar por mantener el uso turístico de forma indefinida, pero bajo condiciones que aún no están del todo claras a nivel municipal.

Lo que sí está claro es lo que no se puede hacer: las viviendas de protección oficial no pueden destinarse al uso turístico, y las viviendas de nueva construcción no podrán alquilarse por plataformas durante los primeros diez años.

El sector vacacional ha reaccionado con dureza. Las asociaciones de propietarios consideran que la ley amenaza una fuente de ingresos legítima y que la implementación municipal será desigual e incoherente según el municipio. Las organizaciones vecinales y de vivienda, en cambio, la ven como una medida tardía pero necesaria para frenar la turistificación de los barrios residenciales.

El debate no está resuelto. Ya se habla de modificaciones al texto: el propio Gobierno de Canarias reconoció antes de que terminara 2025 que el reglamento de desarrollo y algunas enmiendas podrían llegar al Parlamento a comienzos de 2026. Cuatro meses después, ese reglamento aún no ha aparecido.

Una ley sin reglamento de desarrollo y con ayuntamientos sin planes adaptados es una ley a medio hacer. Para el propietario que tiene un piso en Santa Cruz, en Puerto de la Cruz o en el sur de Tenerife, la incertidumbre es real y tiene consecuencias económicas. El Gobierno aprobó la norma. Ahora tiene que explicar cómo se aplica.

Redacción
Redacción
Equipo de Redacción de elburgado.com

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