La Junta Electoral Central (JEC) empezó este lunes a dar cumplimiento a la orden dictada por el Tribunal Supremo en el auto en el que suspendió las altas censales derivadas de la «ley de nietos». El órgano, reunido en el Congreso, acordó asumir la resolución del alto tribunal y solicitó a la Oficina del Censo Electoral la información necesaria para determinar el alcance de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a esa norma.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo suspendió la semana pasada, de forma cautelar y hasta que dicte sentencia, los efectos electorales de las altas en el CERA de quienes obtuvieron la nacionalidad por la «ley de nietos», así como las nuevas inscripciones, salvo que acrediten que descienden de exiliados españoles. La decisión respondía a los recursos presentados por Vox y la asociación Iustitia Europa contra los acuerdos adoptados por la propia Junta en julio.
El alto tribunal ordenó a la JEC requerir a la Oficina del Censo Electoral un informe que desglose los expedientes de inscripción censal y permita distinguir los casos en los que los solicitantes acreditaron directamente el exilio de sus ascendientes de aquellos tramitados por otras vías. El Supremo reclamó además un segundo informe completo sobre la aplicación de la norma y el voto por correo de los residentes ausentes, junto a una instrucción con criterios precisos para determinar el municipio de inscripción de estos electores.
La JEC trasladará también a los encargados de los registros consulares la obligación de verificar el vínculo con el exilio de los beneficiarios de la norma. El Supremo encargó a esos registros que expidan una certificación acreditativa de que las personas amparadas por la «ley de nietos» nacieron fuera de España, de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles que sufrieron el exilio «por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación o identidad sexual» y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad.
La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022 y conocida como «ley de nietos», permite optar a la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles de origen cuando concurren los requisitos que fija la norma. El Supremo ha cifrado en 408.262 los nuevos electores incorporados al censo exterior desde 2023, un «incremento extraordinario» que, según su auto, genera un «peligro fundado, real y serio» para la transparencia del proceso electoral.
El acuerdo de julio que la JEC adoptó sobre esta cuestión, y que Vox e Iustitia Europa recurrieron ante el Supremo, no fue unánime en su momento. La aplicación de las medidas cautelares abre ahora un proceso de verificación caso por caso mientras el alto tribunal resuelve el fondo del asunto, cuya sentencia determinará de manera definitiva si estos nuevos nacionales pueden ejercer su derecho al voto en las próximas convocatorias electorales.






