La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha formalizado este lunes su recurso contra la decisión del Gobierno Vasco de conceder el tercer grado penitenciario al preso de ETA Asier Arzalluz Goñi. El Ministerio Público se opone así al acuerdo adoptado el pasado 10 de febrero por la Consejería de Justicia y Derechos Humanos, al considerar que la progresión al régimen de semilibertad es prematura y no cumple con los requisitos de estabilidad necesarios para un condenado por delitos de especial gravedad.
En su escrito, la Fiscalía argumenta que el periodo de tiempo que el interno ha pasado bajo el amparo del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario es insuficiente. Arzalluz Goñi solo ha disfrutado de los beneficios de este artículo, que permite salidas laborales o de voluntariado aun estando clasificado en segundo grado, durante los últimos tres o cuatro meses. Según el fiscal, este breve lapso no permite acreditar una evolución prolongada ni verificar que los cambios en su actitud o comportamiento estén plenamente consolidados.
El recurso incide en que la administración penitenciaria debe actuar bajo el criterio de prudencia, especialmente cuando se trata de internos con condenas extensas por su vinculación con la organización terrorista. Para la Fiscalía, la progresión a tercer grado requiere un análisis más profundo de la trayectoria del preso y una constatación inequívoca de su evolución, algo que, a su juicio, no se puede garantizar con apenas un trimestre de observación bajo un régimen de semiprivilegios.
Arzalluz Goñi fue condenado, entre otras acciones, por su participación en el asesinato del periodista José Luis López de Lacalle en el año 2000. La decisión final sobre su clasificación penitenciaria queda ahora en manos del Juzgado Central de Vigilancia de la Audiencia Nacional, que deberá determinar si mantiene la progresión otorgada por la administración vasca o si, por el contrario, estima los argumentos de la Fiscalía y ordena el reingreso del etarra en el segundo grado ordinario.







