El Tribunal Supremo ha suspendido de forma cautelar las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) derivadas de la aplicación de la conocida como «ley de nietos», hasta que los consulados certifiquen que los nacionalizados cumplen el requisito de ser descendientes de exiliados españoles. La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima así parcialmente la medida cautelar solicitada por la asociación Iustitia Europa y por Vox contra el acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado julio.
La suspensión afecta a los efectos electorales de esas altas en los sucesivos procesos que puedan convocarse hasta que se dicte sentencia sobre el fondo del asunto, y alcanza tanto a los expedientes en tramitación como a personas que ya habían sido incorporadas al censo. Quienes todavía no figuran en el CERA podrán completar su expediente, pero su inscripción quedará detenida al final del proceso; quienes ya estaban inscritos conservarán esa inscripción administrativa, aunque sus efectos electorales quedan suspendidos de forma provisional.
El auto incorpora una excepción relevante: la suspensión no regirá para aquellas personas respecto a las cuales los encargados de los registros consulares expidan una certificación que acredite su condición de descendientes de españoles exiliados conforme a la norma. La Sala insta además a la Junta Electoral Central a apremiar a la Oficina del Censo Electoral para que remita el informe completo que solicitó en julio sobre la aplicación de la ley y el voto por correo de residentes ausentes, y a elaborar una instrucción con criterios precisos para determinar el municipio de inscripción electoral.
La Abogacía del Estado había pedido que no se aplicara la suspensión, al considerar que vulneraría «el derecho del sufragio activo, derecho fundamental reconocido en la Constitución», y defendió durante la vista que no cabe cuestionar por la vía administrativa un derecho ya consolidado. La Fiscalía se alineó con esa posición. Enfrente, Iustitia Europa y Vox sostuvieron que permitir el voto antes de la sentencia podría provocar un daño irreversible en las elecciones y defendieron la medida por motivos de transparencia.
La «ley de nietos», incluida en la Ley de Memoria Democrática de 2022, abrió una vía para que los descendientes de españoles que sufrieron el exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de identidad pudieran obtener la nacionalidad española de origen. Según los últimos datos oficiales, 2,4 millones de descendientes de quienes se vieron obligados a marchar tras la Guerra Civil o por la persecución franquista han solicitado la nacionalidad por esta vía; de ellos, 544.722 la tienen ya aprobada y unos 306.000 figuran inscritos como españoles.
El auto bloquea de forma cautelar los efectos de la interpretación de la norma realizada por la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, a la espera de resolver el fondo. Vox celebró la decisión como una forma de «detener el golpe», mientras el Gobierno y sus defensores la enmarcan en un intento de la derecha de restringir el voto de estos nuevos nacionales. La resolución llega en pleno debate sobre los posibles efectos electorales de estas nacionalizaciones de cara a las próximas convocatorias, y deja la cuestión de fondo pendiente de una sentencia que el Alto Tribunal dictará más adelante.






