El Ejecutivo ha introducido un cambio en la reforma del Reglamento de Extranjería que afecta directamente a los procesos de regularización de ciudadanos extranjeros. A partir de ahora, los solicitantes deberán demostrar de manera obligatoria que no tienen antecedentes penales, tanto en España como en sus países de origen, para poder acceder a los permisos de residencia o trabajo. Esta modificación se ha incorporado a última hora tras un informe preceptivo del Consejo de Estado que cuestionaba la laxitud de la redacción anterior.
El borrador inicial del decreto permitía una fórmula más ambigua que, según el órgano consultivo, resultaba insuficiente para garantizar la seguridad jurídica y el control migratorio. El Consejo de Estado advirtió al Gobierno de que la normativa debía ser explícita en la exigencia de un historial limpio para evitar interpretaciones que facilitaran la regularización de personas con causas pendientes. Ante este requerimiento, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha optado por endurecer el acceso, alineando el texto con las recomendaciones del organismo.
La medida establece que los inmigrantes que deseen acogerse a las distintas figuras de arraigo o a las nuevas vías de regularización administrativa deberán aportar certificados de antecedentes penales validados. Este requisito se convierte en una condición indispensable y previa a cualquier otro análisis de la documentación presentada. El objetivo declarado por el Gobierno es agilizar los trámites burocráticos sin comprometer el orden público, respondiendo así a las demandas de diversos sectores que reclamaban un mayor control en los procesos de inserción legal.
Con este ajuste, la reforma del reglamento encara su fase final antes de su aprobación definitiva en el Consejo de Ministros, consolidando una política migratoria que busca el equilibrio entre la flexibilidad laboral y la rigurosidad administrativa.







