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martes, enero 21, 2025

El drama que no conmovió. Te quedas sin concierto y punto

Aún recuerdo la llamada de los organizadores para que me hiciera cargo del caso. Un sábado, a las dos de la madrugada, un amigo me llama y me pide que por favor atienda a un señor. El festival se había cancelado. Ya se lo advertí en su día. Y es que para hacerse cargo de un asunto, hay que tener razón, saber pedirla y que te la den. Ellos, bajo mi criterio jurídico, no la tenían. Esa cancelación dio lugar a infinidad de reclamaciones, una de ellas se ha resuelto hace poco.

Era un caso destinado a hacer historia en  la jurisprudencia, pero se quedó en una nota al pie con sabor a perreo frustrado. La Audiencia Provincial de Barcelona ha rechazado indemnizar a quien  solicitaba en su demanda 4.100 euros por la cancelación de un festival de reguetón en Tenerife. La afectada, invocando una letanía emocional digna de una balada de Romeo Santos, aseguró haber sufrido “incertidumbre, malestar y fatiga” al descubrir que su cita con el ritmo urbano había sido suspendida.

El núcleo de su desdicha, según consta en su alegato, no residía únicamente en el reguetón perdido, sino en el impacto emocional que causó la incertidumbre sobre «toda la inversión» que había hecho para unas vacaciones que terminaron en «decepción y desastre». El tribunal, sin embargo, consideró que no todos los dramas personales merecen traducirse en euros, en este caso el suyo.

La organización del festival, que parecía haberse aprendido de memoria el manual del buen reclamado, se defendió con una diligencia que muchos querríamos de nuestras compañías de telefonía móvil y en la que yo no participé y por ello les felicito. Comunicaron la cancelación por correo electrónico, habilitaron una plataforma para el reembolso de entradas e incluso ofrecieron la posibilidad de usar los tickets para la edición de 2023. Eran chicos serios.  Eso sí, no incluyeron un cupón para Kleenex, dejando a la denunciante lidiar sola con su fatiga emocional.

La sentencia fue clara y contundente, como un “no te metas con mi novio” en una canción de Karol G. La demandante, que había accedido varias veces a la plataforma de gestión de entradas, fue vista como alguien que, lejos de quedarse en casa lamentándose con una playlist de reguetón triste, disfrutó de sus vacaciones en Tenerife. Si bien es cierto que el festival era la excusa perfecta para el viaje, el tribunal señaló que la isla seguía ahí, con sus playas, su sol y su Teide, brindándole suficientes motivos para disfrutar de la estancia.

Respecto a los daños morales, la denunciante invocó el concepto de dignidad humana, sugiriendo que el reguetón perdido había dejado una huella indeleble en su alma. ¡Toma ya! El tribunal, tal vez imperturbable tras años de lidiar con demandas surrealistas, concluyó que la cancelación del festival, aunque decepcionante, no era motivo suficiente para considerar que el sufrimiento psíquico alcanzaba niveles indemnizables.

La resolución final puede resumirse en un golpe de realidad que resonará como un bajo de reguetón en la memoria de la denunciante: disfrutar de unas vacaciones en Tenerife, aunque sin Daddy Yankee de fondo, sigue siendo un lujo que no merece compensación adicional. Y eso.

La historia, en definitiva, nos deja una lección: el reguetón podrá ser intenso, pegajoso y hasta transformador, pero incluso sus notas más desgarradoras tienen límites ante la balanza ecuánime de la justicia.

Juan Inurria
Juan Inurria
Abogado. CEO en Grupo Inurria. Funcionario de carrera de la Administración de Justicia en excedencia. Ha desarrollado actividad política y sindical. Asesor y colaborador en diversos medios de comunicación. Asesor de la Federación Mundial de Periodistas de Turismo. Participa en la formación de futuros abogados. Escritor.

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