La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto al exalcalde de Granadilla de Abona, Jaime González Cejas (PSOE), y a seis exconcejales del Ayuntamiento, a los que la Fiscalía acusaba de un delito de prevaricación por la tramitación del plan parcial Médano Park. El tribunal no aprecia ilegalidad alguna en los acuerdos municipales que dieron luz verde a aquel desarrollo urbanístico.

La acusación se sostenía sobre un presunto conflicto de intereses. Según el ministerio público, González Cejas habría respaldado el desarrollo del plan pese a tener participación económica en la sociedad propietaria de los terrenos, y el resto de procesados habrían incurrido en el mismo delito por votar a favor de la actuación. La Fiscalía reclamaba diez años de inhabilitación para el exregidor y penas de entre cinco y siete para los demás.

La defensa del exalcalde apoyó su versión en un dato que resultó determinante. González Cejas explicó que se ausentó del pleno en el que se aprobó definitivamente el plan, precisamente por su vinculación accionarial, de modo que no participó en la votación decisiva. El tribunal ha dado por buena esa explicación y ha descartado que existiera un trato de favor.

El fallo se apoya, además, en la prueba pericial. Los informes técnicos incorporados a la causa respaldaron la legalidad de la tramitación del Médano Park, lo que llevó a la Audiencia a concluir que los acuerdos adoptados por la corporación se ajustaron a derecho y que no hubo resolución arbitraria alguna que pudiera constituir prevaricación.

El caso se remonta dos décadas atrás, lo que convierte el enjuiciamiento en un proceso especialmente dilatado. González Cejas, que durante el juicio negó cualquier “trato de favor” en relación con el plan parcial, se sentó en el banquillo veintiún años después de los hechos, un lapso que da la medida del largo recorrido judicial de la causa hasta llegar a la vista oral.

A finales de octubre, la propia Audiencia de Tenerife ya había absuelto a González Cejas y a varios exconcejales en una causa distinta, relacionada con plantas fotovoltaicas en el municipio, en la que también se les atribuían delitos urbanísticos y de prevaricación y en la que la acusación particular acabó retirándose.