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sábado, julio 6, 2024

Una empresa de telecomunicaciones, multada por obligar a recibir únicamente factura digital

La Junta de Andalucía ha sancionado recientemente a una empresa de telecomunicaciones por incluir cláusulas abusivas en sus contratos, específicamente, exigiendo que los clientes aceptaran recibir únicamente facturas digitales.

La empresa apeló la sanción, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la confirmó, argumentando que la cláusula limitaba los derechos del consumidor y violaba el principio de transparencia.

Posteriormente, la empresa acudió al Tribunal Supremo, alegando que los clientes podían solicitar facturas en papel de forma gratuita a través de la web, por teléfono o en tiendas, después de aceptar las condiciones generales que preveían la factura electrónica para pagos domiciliados.

El TS rechazó este argumento basándose en dos exigencias legales incumplidas. La primera se refiere a que la recepción de la factura en papel es un derecho incondicionado. Y en segundo lugar, la renuncia a este derecho debe ser expresa y realizada mediante un procedimiento contemplado por la ley.

Por lo tanto, incluir la renuncia en las condiciones generales no es compatible con la ley, ya que su aceptación es obligatoria e incondicionada. Aunque posteriormente se pueda optar por una factura en papel, esto limita sustancialmente el derecho del usuario.

Redacción
Redacción
Equipo de Redacción de elburgado.com

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