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jueves, julio 4, 2024

Se puede otorgar el estatus de refugiado a las mujeres que defienden la igualdad de género

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre el caso de dos adolescentes iraquíes que han residido ininterrumpidamente en los Países Bajos desde 2015 y cuyas solicitudes iniciales de protección internacional fueron denegadas.

Las jóvenes argumentaron que, debido a su prolongada estancia en los Países Bajos, han adoptado las normas, valores y comportamientos de su sociedad. Temen que, si regresan a Irak, no podrán acatar las normas de una sociedad que no reconoce los mismos derechos a las mujeres y niñas que a los hombres, y temen ser perseguidas por la identidad que han desarrollado en los Países Bajos.

Tras la denegación de sus solicitudes por las autoridades holandesas, las jóvenes presentaron una demanda. Un juez remitió el caso al Tribunal de Justicia para interpretar la Directiva 2011/95 sobre protección internacional, que define los requisitos para conceder el estatuto de refugiado a nacionales de terceros países por motivos de persecución basados en raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social determinado.

La resolución judicial dada a conocer recientemente, insiste en que, en función de las circunstancias del país de origen, las mujeres que se identifican con el valor fundamental de la igualdad entre mujeres y hombres, incluidas las menores de edad, pueden pertenecer a un «determinado grupo social» y, por tanto, ser objeto de persecución que justifique la concesión del estatuto de refugiado.

Esta sentencia podría tener repercusiones en casos similares presentados por inmigrantes llegados a las costas de las Islas Canarias.

Redacción
Redacción
Equipo de Redacción de elburgado.com

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