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sábado, julio 6, 2024

El TS anula un despido motivado por el registro del bolso de una empleada

El Tribunal Supremo ha dictaminado en una reciente sentencia, que una empresa no puede registrar las pertenencias de sus empleados, como un bolso, sin la presencia de un representante de los trabajadores o, en su defecto, otro empleado.

En este caso específico, el despido de una trabajadora de un centro comercial fue anulado porque su bolso fue registrado sin cumplir esta condición. Al sonar la alarma antihurtos al salir del trabajo, un vigilante encontró artículos no pagados en su bolso y la empresa la despidió.

El Supremo considera que este registro, sin la presencia requerida, es ilegal y la prueba resultante no es válida, lo que hace que el despido sea improcedente. Dado que la trabajadora tenía una reducción de jornada por cuidado de un hijo menor, su despido fue declarado nulo, obligando a la empresa a readmitirla y pagar los salarios perdidos.

La sentencia también reafirma que, según el Estatuto de los Trabajadores, los registros pueden realizarse bajo ciertas condiciones: deben ser necesarios, realizados en el lugar y horario de trabajo, respetar la dignidad e intimidad del trabajador, y contar con la presencia de un representante legal o otro empleado cuando sea posible.

Redacción
Redacción
Equipo de Redacción de elburgado.com

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