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lunes, 1 diciembre,2025

El Tribunal Supremo convoca a José Luis Ábalos y Koldo García para decidir sobre su ingreso en prisión provisional

El Tribunal Supremo ha marcado en el calendario un día que podría cambiar el destino judicial de dos figuras centrales en el escándalo de corrupción conocido como ‘caso Koldo’: el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su antiguo asesor Koldo García. El magistrado Leopoldo Puente, instructor de la pieza principal sobre las adjudicaciones irregulares de mascarillas durante la pandemia, ha convocado a ambos para el próximo jueves 27 de noviembre, a fin de resolver sobre una posible modificación de sus medidas cautelares. La vista, prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, responde a la petición expresa de la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares unificadas –lideradas por el PP–, que reclaman su ingreso en prisión provisional por riesgo de fuga inminente.

El detonante de esta vistilla ha sido la presentación, esta misma semana, de los escritos de calificación provisional por parte de las partes acusadoras. La Fiscalía Anticorrupción, a cargo del fiscal Alejandro Luzón, no escatima en severidad: solicita 24 años de prisión para Ábalos por seis delitos graves –pertenencia a organización criminal, cohecho pasivo, uso de información privilegiada, dos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos–. Para Koldo García, el castigo propuesto asciende a 19 años y medio por idénticos cargos, salvo el cohecho pasivo. Luzón describe a García como el «alter ego» de Ábalos, un «fiel transmisor de sus decisiones y deseos» que actuaba como testaferro en las adjudicaciones de contratos por valor de 53 millones de euros en material sanitario defectuoso o inexistente durante los peores meses de la Covid-19.

No se queda atrás la acusación popular unificada, coordinada por el Partido Popular, que eleva la apuesta a 30 años de cárcel para cada uno de los dos principales implicados. Argumentan que las penas solicitadas por la Fiscalía son «insuficientes» y que la prisión provisional es «idónea, necesaria y proporcionada» para neutralizar un riesgo de fuga que, según ellos, se ha vuelto «creciente» ante la proximidad del juicio. En el caso del empresario Víctor de Aldama –tercer pilar de la trama y colaborador con la Justicia–, tanto Fiscalía como acusaciones moderan la punición a siete años, reconociendo su «actitud colaboradora» y aplicando el atenuante de confesión. Aldama, que ya salió de prisión preventiva en otra pieza, no se ve afectado por esta revisión de medidas.

Puente, un magistrado conocido por su rigor, se encuentra ante un dilema de calado: equilibrar la presunción de inocencia con la necesidad de garantizar la comparecencia en juicio de dos acusados que, según las acusaciones, podrían huir ante penas tan elevadas. En junio, el juez optó por la libertad con condiciones, alineándose con la Fiscalía pese a las protestas populares. Ahora, con los escritos de acusación sobre la mesa y el procedimiento en fase abreviada desde el 3 de noviembre, el panorama ha cambiado. Puente podría endurecer las medidas –quizá con una fianza económica– sin llegar necesariamente a la prisión, pero todo dependerá de los argumentos esgrimidos en la vista.

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