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martes, 24 febrero,2026

Anulada la petición del Juez Peinado de enviar a Begoña Gómez a un proceso con jurado

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los recursos presentados por la defensa de Begoña Gómez y de los demás investigados, anulando la decisión del juez Juan Carlos Peinado de tramitar la causa mediante el procedimiento del Tribunal del Jurado. En un auto dictado este lunes, los magistrados de la Sección 23 han revocado la providencia del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid al considerar que la resolución carecía de la motivación jurídica necesaria para dar un paso de tal relevancia procesal.

El tribunal ha sido especialmente crítico con la actuación del instructor, señalando una falta de fundamentación en sus escritos que, a juicio de los magistrados, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de los investigados. La Audiencia sostiene que el juez Peinado no ha justificado adecuadamente por qué los hechos investigados deben encuadrarse en los delitos que competen específicamente a un jurado popular, en lugar de seguir el trámite del procedimiento abreviado ante un juez profesional. Este nuevo reproche se suma a anteriores advertencias de la instancia superior sobre la inconcreción del objeto de la investigación.

Con esta decisión, la causa vuelve a la fase de instrucción ordinaria, invalidando el movimiento del juez que pretendía acelerar el envío de Begoña Gómez al banquillo bajo el escrutinio de ciudadanos particulares. El auto subraya que una decisión de este calado no puede adoptarse de forma genérica, sino que debe detallar con precisión los indicios y los tipos penales que sustentarían dicha vía. La resolución judicial supone un freno al avance de las pesquisas en los términos actuales y obliga al instructor a reorientar el procedimiento siguiendo las pautas de motivación exigidas por la ley.

Tras este fallo, el juez Peinado deberá decidir si continúa con la práctica de pruebas bajo el procedimiento común o si intenta motivar de nuevo el paso al Tribunal del Jurado subsanando los errores señalados por la instancia superior. De momento, el procedimiento recupera su cauce ordinario, alejando la posibilidad de un juicio inmediato ante un jurado popular.

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