La defensa de la exmilitante socialista Leire Díez ha presentado ante el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional un incidente de nulidad de actuaciones en el que reclama que se invalide su detención del pasado 10 de diciembre, toda la información extraída de los dispositivos electrónicos incautados y, en consecuencia, todas las diligencias y resoluciones judiciales que se derivan de esos actos. Si el juez Pedraz estimara la petición, la causa quedaría prácticamente desmantelada.
El escrito, firmado por su procurador y su abogada, sostiene que la detención fue «completamente desproporcionada, injustificada y no ponderada en relación con los derechos de la detenida» y, por tanto, «ilegítima» y nula de pleno derecho al vulnerar el artículo 17 de la Constitución. La defensa recuerda que el arresto se produjo de manera sorpresiva, en plena calle, en el Paseo de la Castellana a mediodía, un año después de que la UCO supuestamente localizara los primeros indicios contra ella. Para la letrada, habría bastado una simple citación, ya que Díez tiene domicilio conocido en España, es un personaje público y en ningún momento existió riesgo de fuga ni delito flagrante que lo justificara.
El segundo frente del escrito se dirige directamente contra la actuación policial durante la operación. Los abogados sostienen que en el momento del arresto los agentes de la UCO carecían de auto judicial habilitante para practicar la detención y tampoco contaban con autorización para incautar y acceder al contenido de los dispositivos electrónicos y objetos intervenidos tanto en ese momento como en los registros domiciliarios simultáneos. La defensa denuncia además que los agentes se llevaron «lo que querían» sin justificar la relevancia de los efectos incautados para la investigación, y que el volcado masivo e indiscriminado de datos se realizó sin cobertura judicial.
Otro de los reproches recogidos en el escrito afecta a las propias contraseñas del ordenador. Díez las facilitó voluntariamente a los agentes durante el registro y, según su defensa, la UCO las modificó unilateralmente a continuación, impidiéndole el acceso a su propio correo electrónico e información personal, familiar y médica. Adicionalmente, critican que se haya solicitado a las compañías telefónicas el historial de comunicaciones desde octubre de 2020 hasta diciembre de 2025, un periodo muy superior al marco temporal de la investigación, que se limita a los años 2021-2023.
La estrategia de la defensa tiene un precedente en el caso Plus Ultra, donde el equipo de Zapatero intenta por una vía similar invalidar pruebas clave. De prosperar la petición, todo el material extraído de los dispositivos de Leire Díez quedaría contaminado por la llamada doctrina del fruto del árbol envenenado, sin validez procesal ni en la instrucción ni en un eventual juicio oral.






