La Audiencia Provincial de Sevilla ha dado un giro decisivo a un caso que sacude los círculos políticos y jurídicos: el exdiputado de Podemos por Almería y abogado especializado en propiedad intelectual, David Bravo, ha sido procesado por un presunto delito de violencia de género contra su expareja, B.B.M., con quien comparte una hija en común. La decisión judicial, que revoca el archivo inicial del procedimiento, sitúa a Bravo a un paso del banquillo y pone en evidencia un patrón de presuntos insultos, amenazas y vejaciones que se habrían prolongado durante años, incluso durante el embarazo de la denunciante.
David Bravo, sevillano de nacimiento y figura destacada en el ámbito legal por su defensa de causas relacionadas con los derechos digitales, irrumpió en la política en 2015 como diputado de Podemos en el Congreso por la provincia de Almería. Su paso por la Cámara Baja fue breve: renunció al escaño en 2016 por motivos personales, aunque mantuvo su visibilidad pública como abogado. Entre sus clientes más notorios figura la periodista Silvia Intxaurrondo, a quien representó en un contencioso reciente y que le agradeció públicamente su labor en mayo de este año. Sin embargo, esta trayectoria profesional contrasta ahora con las graves acusaciones que pesan sobre su vida privada.
La relación entre Bravo y B.B.M. se remonta a principios de la década pasada, un vínculo que se deterioró progresivamente hasta derivar en un conflicto judicial. Según la denuncia presentada por la mujer, residente en Madrid, los episodios de presunto maltrato se iniciaron en 2020 y se extendieron hasta 2023, con picos de intensidad durante el embarazo de su hija común. B.B.M. relata un calvario de insultos vejatorios —como «fracasada», «puta borracha», «hija de la gran puta» o «gilipollas»—, amenazas explícitas de «destruirle la vida» y «machacarla» aprovechando su aislamiento familiar en Sevilla, y actos de intimidación física, como lanzarle comida, dar porrazos cerca del bebé o echarla de casa en dos ocasiones: una mientras estaba embarazada y otra el 26 de junio de 2021, cuando fue encontrada llorando y desorientada en la calle por una testigo.
Uno de los incidentes más graves denunciados ocurrió el 30 de noviembre de 2022, cuando Bravo supuestamente le arrojó un biberón a la cabeza, un acto que ella evitó cerrando la puerta a tiempo. La empleada del hogar, testigo clave, corroboró haber visto a B.B.M. «nerviosa, descompuesta y acorralada», y confirmó haber limpiado los restos del biberón esparcidos por el suelo. Además, la denunciante alega que Bravo se jactaba de conocer a «gente con armas y peligrosa», incluyendo referencias a su hermano, para infundirle miedo.
El periplo judicial comenzó con la denuncia de B.B.M., que fue archivada provisionalmente en febrero de 2025 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Sevilla, dirigido por el magistrado Francisco Manuel Gutiérrez Romero. El juez consideró entonces que los hechos podrían constituir un delito leve de vejaciones, pero no apreciaba indicios suficientes de un maltrato psicológico habitual. Sin embargo, tras el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla revocó esta decisión el pasado 23 de junio. En un auto contundente, los magistrados ordenaron la reapertura del caso y su transformación en procedimiento abreviado, argumentando que existen «indicios sólidos» y «corroboraciones periféricas» que justifican llevar el asunto a juicio.
Entre las pruebas valoradas por la Audiencia destacan los informes periciales psicológicos: uno certifica que B.B.M. sufre un trastorno de estrés postraumático «compatible con una situación de violencia de género», mientras que otro detalla episodios de pánico y llanto en enero de 2023, tras un tratamiento previo en 2021 por una presunta violación. No obstante, los informes de las Unidades Integrales de Violencia de Género son contradictorios: el de Madrid identifica «indicadores compatibles con un maltrato continuado en la relación de pareja», pero el de Sevilla no halló evidencias de asimetría o abuso, basándose en mensajes cuya autenticidad cuestiona la denunciante.
Al mismo tiempo, Bravo interpuso una denuncia contra B.B.M. por sustracción de menores, alegando que ella no regresó a Sevilla con la hija tras un viaje familiar a Madrid. Este procedimiento, que inicialmente prosperó en un juzgado de Sevilla, está ahora en apelación ante la Audiencia, con el Ministerio Fiscal respaldando su archivo al considerar que la mujer actuó para protegerse y al menor de una posible situación de violencia, sin bloquear nunca el acceso de Bravo a la niña.
Bravo, que actualmente ejerce como abogado y alega dificultades económicas para abonar una pensión alimenticia superior a los 200 euros mensuales, ha declinado hacer declaraciones sobre el caso. Fuentes cercanas al exdiputado insisten en su presunción de inocencia, mientras que la denunciante mantiene la custodia exclusiva de la menor, con visitas limitadas para el padre. La Audiencia ha enfatizado que la violencia de género suele producirse en entornos privados y clandestinos, por lo que solo un juicio con testigos y peritos podrá dilucidar la veracidad de las acusaciones.
Este caso no solo cuestiona la conducta personal de una figura pública asociada al progresismo, sino que resalta las complejidades de los procesos por violencia machista, donde las pruebas indirectas y los testimonios juegan un papel crucial.







