La Zona Especial Canaria (ZEC) es una de las principales herramientas del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Permite a las empresas tributar a un tipo muy reducido a cambio de crear empleo y actividad real en las islas, bajo la supervisión del Consorcio de la ZEC.
Este organismo acaba de aprobar una reforma de su organización interna que no toca las ventajas fiscales, per sí la manera de gestionarlas.
La reforma reordena la cúpula del Consorcio. A partir de ahora habrá tres órganos directivos: la Secretaría General, la Dirección de Registro, Supervisión y Control y la Dirección de Promoción y Servicios a Entidades ZEC. Se separan así las funciones de gestión interna, supervisión de las empresas y promoción y atención a las entidades ZEC.
Además, se crea un Comité de Dirección como órgano de coordinación y apoyo a la presidencia, integrado por la presidencia, la vicepresidencia y las personas titulares de las direcciones. Su papel será alinear decisiones, hacer seguimiento del funcionamiento del Consorcio y facilitar que las distintas áreas trabajen de forma coordinada. La presidencia fijará su régimen de funcionamiento y la periodicidad de las reuniones. La asistencia a este órgano no generará dietas ni indemnizaciones adicionales.
La Secretaría General se consolida como columna vertebral administrativa y jurídica del Consorcio y se convierte en el gran “servicio común” al que recurren los órganos de gobierno y las direcciones. Entre sus funciones se incluyen la asistencia técnica y jurídica, la organización de los servicios administrativos, la gestión del presupuesto y de los recursos humanos, la tramitación de contratos y convenios y la elaboración y seguimiento de los planes estratégicos del organismo.
También coordina el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos, y se encarga de la gestión documental, los archivos y los servicios generales de oficinas, seguridad y mantenimiento.
Para desarrollar estas tareas se estructura en tres unidades: Administración, Servicio Jurídico e Informática. Administración se ocupa de la contabilidad, las finanzas, los recursos humanos, la contratación y el patrimonio. El Servicio Jurídico concentra el asesoramiento legal, los recursos y reclamaciones, los procedimientos sancionadores y el apoyo a la elaboración de normas.
Informática gestiona los sistemas y comunicaciones, la seguridad de la información, los desarrollos tecnológicos y el soporte digital, incluida la web.
Una dirección específica para registro y control
La novedad más relevante en materia de supervisión es la creación de la Dirección de Registro, Supervisión y Control. Esta área agrupa todo lo relacionado con la autorización previa, la inscripción y el control de las entidades ZEC.
Entre sus funciones están gestionar los procedimientos de autorización y registro, dirigir la Oficina del Registro Oficial de Entidades ZEC, elaborar y ejecutar planes de supervisión, tramitar expedientes sancionadores, proponer instrucciones y protocolos y coordinarse con otros organismos supervisores. También asume la gestión de datos y del soporte estadístico, esenciales para analizar la evolución real del régimen y fundamentar decisiones.
La nueva dirección se organiza en tres unidades: la Oficina del Registro, la unidad de Supervisión y Control de Entidades y la unidad de Datos. La primera tramita autorizaciones e inscripciones y certifica la documentación; la segunda ejecuta los planes de control y desarrolla criterios para aplicar el régimen sancionador; la tercera recopila y ordena los datos sobre la actividad del Consorcio y de las entidades ZEC.
Perfiles directivos y seguridad de la información
La reforma define también el perfil del equipo directivo. Las personas titulares de la Secretaría General, la Dirección de Promoción y la Dirección de Registro, Supervisión y Control tendrán un contrato laboral de alta dirección, sometido al régimen retributivo general del sector público. Para la Secretaría General se exige, además, que la persona elegida tenga estudios superiores en Derecho y pertenezca a cuerpos de funcionarios del grupo A1 del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La norma precisa que el Servicio Jurídico interno actuará sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a la Abogacía del Estado y refuerza la seguridad de la información al obligar al Consejo Rector a aprobar una política específica alineada con el Esquema Nacional de Seguridad, en la que se designen claramente los distintos roles y responsabilidades.
Por último, se establece una regla sencilla para resolver conflictos internos de competencia: cuando haya dudas sobre qué órgano debe asumir un asunto, decidirá el presidente del Consorcio, previa audiencia de las partes implicadas.
En conjunto, la reforma no cambia el “qué” de la ZEC, sino el “cómo”. Las ventajas fiscales permanecen, pero se reajusta la arquitectura interna del Consorcio para gestionarlas con mayor claridad organizativa, más peso del registro y la supervisión y más atención a los datos, la seguridad y la transparencia. En un instrumento tan sensible para la economía canaria, esa organización interna es parte esencial de la confianza en el sistema.





