El Gobierno de España y el de Canarias se van a sentar a hablar sobre el Decreto de Discapacidad aprobado en verano por una posible invasión de competencias.
Hay que recordar, para los lectores más jóvenes, que cuando el Estado cree que una norma autonómica puede invadir competencias que son suyas, no recurre directamente al Tribunal Constitucional, sino que primero abre un periodo de negociaciones.
Es una especie de “vamos a hablarlo antes de ir a juicio”. Mientras tanto, el decreto canario sigue en vigor y las valoraciones de discapacidad continúan tramitándose con normalidad.
Un sistema saturado
El Decreto-ley 4/2025 fue aprobado a finales de julio y convalidado después por el Parlamento de Canarias.
Nació con la muy encomiable tarea de arreglar un sistema de valoración de la discapacidad que arrastraba retrasos enormes, una realidad con la que muchos conviven hacen años.
Para ello reorganiza los Equipos de Valoración por islas, permite que los cabildos tengan un papel más activo, impulsa los trámites telemáticos para evitar desplazamientos y perfila mejor algunos criterios para acelerar los casos más graves.
Todo esto se construye sobre una base común para todo el país: el Real Decreto 888/2022, que fija un baremo y un procedimiento estatales. Es decir, Canarias no inventa un baremo nuevo, sino que organiza cómo se aplica el ya existente en su territorio para intentar que el sistema funcione mejor.
Dónde puede estar el conflicto
El acuerdo publicado no entra al detalle de qué es exactamente lo que preocupa en Madrid. Solo señala que las discrepancias se refieren al artículo 1 del Decreto-ley 4/2025.
A partir de ahí, y leyendo ese artículo junto con la experiencia de otros conflictos parecidos en otras comunidades, todo hace pensar que el choque podría estar en cómo se describe el objeto y el alcance de la norma.
Ese artículo 1 dice, en resumen, que el decreto regula el procedimiento para reconocer el grado de discapacidad “a fin de que las personas puedan acceder a los beneficios, derechos económicos y servicios que otorguen los distintos organismos públicos”.
Esta frase, que puede parecer rutinaria, entra en una zona delicada, ya que es el Estado quien tiene la última palabra en materias como la Seguridad Social y en garantizar que, en lo básico, el acceso a prestaciones por discapacidad sea igual vivas donde vivas.
Por eso, todo hace suponer que el Gobierno central quiere dejar por escrito que Canarias puede organizar el “cómo” se valora, pero no puede tocar las reglas de acceso a determinadas prestaciones de carácter estatal.
¿Qué puede cambiar?
Para responder, hay que empezar recordando que no se sabe con total seguridad qué parte exacta del artículo 1 ha generado el conflicto. Aun así, viendo el texto, la legislación estatal y lo que ha pasado otras veces, se puede trazar un escenario que se acerque bastante.
Lo más probable es que todo se quede en una corrección técnica del artículo. Es decir, que los equipos jurídicos acaben pactando una frase que deje claro que el decreto actúa “en el marco de la legislación básica del Estado” o “sin perjuicio de las competencias estatales en materia de Seguridad Social”.
En ese caso, el Gobierno de España no tendría necesidad de recurrir al TC y nada cambiaría en el día a día: el sistema seguiría igual, los grados ya reconocidos seguirían siendo válidos y los expedientes en trámite continuarían su curso. Podría haber algún ajuste interno en formularios o instrucciones, pero poco más.
Un segundo escenario, algo menos probable pero posible, es que no haya acuerdo y el asunto llegue al Tribunal Constitucional. Si corrige lo que entiende que invade competencias estatales, lo más lógico sería que el TC recortara o aclarara algunas expresiones del artículo 1, pero sin tocar el núcleo del sistema ni cuestionar los grados de discapacidad ya otorgados, los procedimientos que están en marcha se adaptan, pero no se tiran abajo.
El tercer escenario sería el más duro pero también el más improbable: que el TC anule por completo el artículo en conflicto y, además, dé instrucciones que obliguen a revisar lo hecho hasta ahora, pero nada hace indicar que el decreto canario haya creado un baremo distinto ni de que haya roto la uniformidad básica que marca la normativa estatal.
Así que para las personas afectadas, el riesgo real de ver cuestionado su grado reconocido o de quedarse sin valoración es hoy por hoy muy bajo. Son más matices jurídicos que la práctica diaria de los servicios.





