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lunes, 1 diciembre,2025

De La Laguna a Estrasburgo: la batalla de una mujer por entrar en la Hermandad del Cristo

¿Tiene sentido cerrar la puerta a las mujeres cuando las iglesias se vacían?

El conflicto en torno a la Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna ha dejado de ser un asunto local para convertirse en un caso de alcance europeo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha decidido examinar el recurso presentado por la Hermandad y el Obispado de Tenerife contra la sentencia del Tribunal Constitucional que, en 2024, les obligó a admitir mujeres como miembros de pleno derecho.

En el centro del caso está María Teresita Laborda Sanz, que lleva más de quince años intentando formar parte de una de las hermandades más poderosas y simbólicas de Canarias. No pide crear nada nuevo, las mujeres ya pudieron entrar hace muchos años.

La pregunta de fondo es incómoda: ¿tiene sentido seguir prohibiendo la participación de mujeres en espacios religiosos que, al mismo tiempo, se lamentan del desplome de la práctica y de la pérdida de fieles?

Un pleito largo

El camino judicial de Laborda ha sido intrincado. Ganó primero en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y después en la Audiencia Provincial, que consideraron discriminatorio que los estatutos de la Esclavitud definieran la asociación como una hermandad “de caballeros” e impidieran el ingreso de mujeres.

Sin embargo, en enero de 2022 el Tribunal Supremo le dio la vuelta al caso: sostuvo que no había discriminación de género porque la Hermandad es una asociación privada, sin finalidad económica ni profesional, y que las mujeres podían crear otra asociación con fines similares. La exclusión, vino a decir, era jurídicamente tolerable siempre que existieran otras vías de asociación religiosa.

El giro definitivo llegó en noviembre de 2024. El Tribunal Constitucional estimó el recurso de amparo de Laborda y declaró que la negativa a admitirla vulneraba su derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo (artículo 14 de la Constitución) y su derecho de asociación (artículo 22).

El Constitucional fue más allá de la mera etiqueta religiosa y subrayó que la exclusión de las mujeres no se apoyaba en ninguna exigencia doctrinal ni moral de la fe católica. Más aún, que la propia historia de la institución desmentía la supuesta tradición masculina: la primitiva cofradía del Cristo de La Laguna, anterior a 1545, estuvo formada por hombres y mujeres, y fue absorbida más tarde por la Esclavitud fundada en 1659 por 33 caballeros.

Y hay que recordar que la Esclavitud no es una asociación irrelevante, tiene una posición de dominio en el culto al Cristo de La Laguna, con un peso social y cultural enorme en la ciudad y en la isla.

Por ello el Constitucional concluyó que no se trataba de una simple preferencia interna de un club privado, sino de un caso claro de discriminación directa por razón de sexo, sin base razonable.

“El Estado, juez de la fe”

La Esclavitud y el Obispado no se conformaron. Tras la ejecución de la sentencia (un juzgado tinerfeño llegó a darles un mes de plazo para admitir mujeres bajo amenaza de multas coercitivas), decidieron acudir a Estrasburgo.

Su recurso ante el TEDH se apoya en dos pilares del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el artículo 9, que protege la libertad religiosa, y el artículo 11, que consagra la libertad de asociación.

La tesis de la Hermandad y del Obispado es clara: obligarles a admitir mujeres supone “una grave injerencia del Estado” en la vida interna de una asociación religiosa, viola la neutralidad y la aconfesionalidad del Estado, y abre la puerta a que los poderes públicos impongan a cualquier comunidad religiosa a quién debe incluir o excluir.

Por intransigente que sea su posición, estos argumentos no pueden despacharse a la ligera. La autonomía de las comunidades religiosas es un principio que el propio TEDH ha protegido en otros casos: la idea de que el Estado no puede decidir quién es cura, monja, pastor o miembro de una orden, ni reescribir desde fuera sus reglas internas.

En ese sentido, resulta comprensible el temor de la Esclavitud a que se establezca un precedente que permita a los tribunales entrar hasta la sacristía de cualquier asociación religiosa.

Pero ahí se acaban, en buena medida, los puntos fuertes de su defensa.

Se admitía a mujeres

El primer punto débil de la Hermandad es precisamente su argumento principal: la tradición.

La propia documentación histórica reconoce que la primera cofradía ligada al Cristo lagunero integraba a hombres y mujeres, y que fue más tarde cuando se consolidó la Esclavitud como corporación de “caballeros”.

Es decir, lo que hoy se presenta como esencia inmutable fue, en su día, una decisión histórica concreta… y excluyente.

El segundo punto flaco es la idea, avalada en su momento por el Supremo, de que no hay perjuicio porque las mujeres “pueden fundar otra asociación”. Sin embargo, la Esclavitud concentra prestigio social, presencia en actos oficiales, acceso a subvenciones para el santuario y una capacidad simbólica y de influencia que ninguna cofradía paralela podría igualar a corto plazo.

Quien queda fuera de ese círculo no queda solo fuera de un espacio de oración, sino de un espacio de poder blando, de redes sociales, culturales y, a veces, económicas.

El tercer problema es de coherencia con el momento histórico. Mientras las encuestas muestran una caída constante de la práctica religiosa —apenas una parte minoritaria de la población se considera católica practicante y el porcentaje de bautizos y matrimonios por la Iglesia se desploma—, la Iglesia católica insiste en la necesidad de “rejuvenecer” y “ensanchar” sus comunidades.

En ese contexto, cuesta entender que una de las hermandades más visibles de Canarias gaste energías y capital simbólico en defender, ante el máximo tribunal europeo de derechos humanos, el derecho a seguir diciendo a las mujeres “no, aquí no”.

La decisión

El TEDH deberá decidir ahora si esa lectura de la Constitución y de los derechos fundamentales es compatible con los artículos 9 y 11 del Convenio Europeo o si, por el contrario, considera que el Estado español fue demasiado lejos.

En una Europa cada vez más secularizada, donde la Iglesia se pregunta cómo reconectar con las nuevas generaciones, no parece que la mejor respuesta sea levantar muros precisamente contra quienes todavía quieren formar parte de sus ritos y tradiciones.

“El que quiera venir en pos de mí, niéguese a sí mismo, tome su cruz y sígame”.

Redacción
Redacción
Equipo de Redacción de elburgado.com

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